miércoles, 20 de mayo de 2015

El Contrato de Compra venta Internacional.

Hola mis queridos lector@s de El Rincón del Sueko. Siguiendo con la temática del comercio internacional, os presento este nuevo post. Hasta ahora habíamos hablado de los incoterms y de su funcionamiento. Ahora nos toca avanzar directamente al contrato. Para ello tengo la fortuna de contar con la colaboración de un experto en la materia, Jorge L.A., quien colaborará conmigo en este y en próximos posts.


Esto es lo que estaba escrito inicialmente.
Pero la vida da muchas vueltas y de forma inesperada.
Adelanto la publicación de este post en memoria de Jorge.
Nos ha dejado.
Jorge L.A., DEP

1. Contratos de Compra Venta Internacional.

El contrato de compraventa es la figura típica del comercio Internacional bajo cuyas normas se desenvuelven la importación y exportación y constituye el acuerdo de voluntades con fines lucrativos, entre partes cuyos centros operativos se encuentran en países distintos, sobre una mercancía lícita que debe pasar por Aduanas.

En gran medida viene regulado por la Convención de las Naciones Unidas sobre los Contratos de Compraventa Internacional de Mercaderías.


2. Operadores de la Compraventa Internacional

  • Operadores Directos
  • El Exportador
  • El Importador
  • Operadores Indirectos o canales de comercialización
  • Broker
  • Comisionista
  • Agente Comercial
  • Sucursal


3. Etapas de la Compra Venta Internacional.

  • La iniciación: Que se efectúa a través de un pedido de cotización mediante el cual el importador o su representante solicitan al proveedor extranjero hacer de su conocimiento las condiciones comerciales en que están dispuestos a concertar.
  • La negociación: A través de la oferta del vendedor, en la que se busca la conformidad de las partes. Si la Oferta no tiene respuesta del comprador hay una inacción.
  • El Perfeccionamiento: A través de una Orden de Compra o Nota de Pedido mediante el cual el vendedor, dentro del plazo de la oferta, conoce la aceptación del comprador.
  • La Implementación: De la compraventa que es la fase en la que se expiden los documentos financieros y / o comerciales y en la que además, participan los operadores conexos quienes implementan la transacción comercial desde el acondicionamiento de la mercancía hasta la ejecución del contrato.



4. Convención de Viena.

La convención define al tratado como un acuerdo internacional celebrado por escrito entre Estados y regido por el derecho internacional, ya conste en un instrumento único o en dos o más instrumentos conexos y cualquiera que sea su denominación particular, por tanto sus disposiciones son aplicables sólo a tratados por escrito entre Estados; quedan excluidos de la definición antes descrita, aquellos que no constan por escrito y los acuerdos entre un Estado y otros sujetos de derecho internacional (como las organizaciones internacionales) o entre esos otros sujetos de derecho internacional.

La Convención no regula ciertos aspectos del contrato de compraventa. Estos son los siguientes:

  1. La validez del contrato ni la de ninguna de sus estipulaciones, ni tampoco la de cualquier uso.
  2. Los efectos que el contrato pueda producir sobre la propiedad de las mercaderías vendidas.

Al no regular la Convención ni todos los tipos de compraventa ni tampoco todos los aspectos de los contratos que entran en su campo de aplicación esto hace que el Derecho de la Convención y el interno coexistan en esta materia.

Así, cuando no haya convenios específicos en las materias, se aplicará la solución que resulta del sistema establecido por el Convenio de Roma.

5. Principales reglas de la Convención de Viena de 1980.

  • Ámbito de aplicación: Regula exclusivamente sobre la formación del contrato y los derechos y obligaciones del comprador y del vendedor.
  • Interpretación: El principio que debe guiar la interpretación de la Convención es su carácter internacional y la necesidad de promover la uniformidad de su aplicación aplicación y de asegurar la observancia de la buena fe en el comercio internacional.
  • La Convención consagra la regla general de que el contrato de compraventa internacional no está sujeto a ningún requisito formal, dejando a salvo el caso de contratantes cuyos países al adherirse a la Convención hayan declarado que se deben hacer “por escrito”.
  • Perfeccionamiento del contrato: Regula lo concerniente a la Oferta, la revocación de la oferta por el oferente, la Aceptación, el retiro de la aceptación por el destinatario y el perfeccionamiento del contrato.

6. Obligaciones de las Partes.

  • Obligaciones del vendedor: entregar las mercaderías, transmitir su propiedad y.entregar los documentos relacionados con aquéllas.
  • Obligaciones del comprador: pagar el precio de las mercaderías y recibirlas en las condiciones fijadas en el contrato y en la Convención.
  • Transmisión del riesgo
  • Caso fortuito y fuerza mayor
  • Efectos de la resolución del contrato
  • Conservación de las mercancías

7. Aspectos que debe contemplar un Contrato de Compra Venta Internacional.

  • Nombre y dirección de las partes
  • Producto, normas y características
  • Cantidad
  • Embalaje, etiquetado y marcas
  • Valor total del contrato
  • Condiciones de entrega
  • Descuentos y comisiones
  • Impuestos, aranceles y tasas
  • Lugares
  • Periodos de entrega o de envío
  • Envío parcial / trasbordo / agrupación del envío
  • Condiciones especiales de Transporte
  • Condiciones especiales de Seguros
  • Documentos
  • Inspección
  • Licencias y permisos
  • Condiciones de pago
  • Medios de Pago
  • Garantía
  • Incumplimiento de contrato por causas de “fuerza mayor”
  • Retrasos de entrega o pago
  • Recursos
  • Arbitraje
  • Idioma
  • Jurisdicción
  • Firma de las partes

8. Modelo de Contrato de Compra Venta Internacional.

  • Preámbulo
  • Condiciones del contrato
  • Obligaciones del vendedor
  • Obligaciones del comprador
  • Traspaso de riesgo y de la propiedad
  • Servicio posventa
  • Precio y modalidad de pago
  • Arbitraje
  • Otras cláusulas


9. Contratos atípicos: Contrato de Joint Venture.

Tiene como característica que dos o más personas naturales o jurídicas, celebren este contrato con el objeto de realizar un negocio en conjunto y asumir el riesgo en común y disfrutar de sus beneficios .

10. Contrato de Franchising.

El contrato de franquicia es aquel en el cual una organización, el franquiciante, que ha desarrollado un método o una fórmula para la fabricación y / o venta de un producto o servicio, extiende a otras firmas, los franquiciados, el derecho a proseguir con tal negocio, sujeto a ciertos controles y restricciones .

11. Contrato de Factoring.

El contrato de factoring es calificado como un contrato atípico, mixto y complejo, llamado a cubrir diversas finalidades económicas y jurídicas del empresario por una sociedad especializada, que se integran por diversas funciones, aun cuando alguna de ellas no venga especialmente pactada, y que se residencian : en la función de gestión, por la cual la entidad de factoring se encarga de todas las actividades empresariales que conlleva la función de gestionar el cobro de los créditos cedidos por el empresario .

12. Contrato de  Leasing.

Es un contrato complejo de arrendamiento por el cual una parte, en lugar de adquirir un bien de capital que necesita solicita de la otra parte que lo adquiera y le concede su uso y goce por un periodo determinado, vencido el cual podrá el locatario dar por terminado el contrato .



Espero que este post haya sido de vuestro interés. Me encantaría, más que nunca, ver vuestras valoraciones y leer vuestros comentarios a través de las herramientas que este blog pone a vuestra disposición.
    Muchísimas gracias a tod@s. ¡Salu2! 👍

    #rincondelsueko en Twitter, Facebook, Flipboard y Google+

    No hay comentarios:

    Publicar un comentario