miércoles, 11 de noviembre de 2015

La gestión de Tesorería (II). La posición bancaria.

Hola mis queridos lector@s de El Rincón del Sueko. No hace mucho iniciamos como temática lo que es la gestión de Tesorería. La definiamos como la administración de la liquidez de la sociedad de modo que se mantenga en unos niveles óptimos que no pongan en peligro la capacidad de pago ni se produzcan unos excesos de liquidez que resulten en un desaprovechamiento de su posible rentabilidad. Es sinónimo de “gestión de liquidez”.

Hoy vamos a continuar con ello hablando específicamente de lo que es la posición fecha-valor.

Posición en fecha valor.

La fecha contable, también denominada fecha de operación, es la fecha del movimiento, la fecha en que se contabiliza la operación por parte de la entidad bancaria, con el correspondiente apunte de abono o adeudo. Sin embargo, y aun cuando las entidades financieras están obligadas legalmente a realizar la contabilización de las operaciones con la mayor celeridad posible, por razones operativas, la fecha contable no siempre coincide con la fecha valor, esto es, con la fecha en la que el citado apunte de abono o adeudo es plenamente eficaz y existe auténtica disponibilidad de los fondos.

Primero de todo, hemos de definir el concepto.
Definiremos la fecha valor como la fecha en la que el banco abona o carga una operación a efectos de valoración. Esta fecha es la que sirve para el cálculo de los intereses.
Todas las operaciones con los bancos están sujetas a una fecha-valor, que puede coincidir con la fecha en que se produce la operación (habitualmente en los cargos) o ser unos días más tarde (habitualmente en los abonos). Normalmente los saldos resultantes en fecha-valor son inferiores a los saldos resultantes en fecha de operación, dado que las condiciones de valoración prácticamente siempre operan en contra del titular de la cuenta bancaria.

La relación existente entre la fecha de ejecución de la operación con el banco y su fecha valor correspondiente está regulada por la Circular 5/2012, de 27 de junio, del Banco de España, a entidades de crédito y proveedores de servicios de pago, sobre transparencia de los servicios bancarios y responsabilidad en la concesión de préstamos, donde se establecen las condiciones que pueden aplicar los bancos con carácter de condición menos favorable para su clientela. Para el cálculo de la fecha-valor no se tienen en cuenta los domingos ni los días festivos.

Fecha de valoración al efecto de devengo de intereses
1. Entrega en efectivo
1.1.- Realizada antes de las 11 de la mañana
El mismo día de la entrega
1.2.- Las demás El día hábil siguiente a la entrega. Así si nos encontráramos con que una de nuestras cuentas se encuentra en descubierto aunque ingresemos la cuantía del descubierto ese mismo día pero más allá de las 11 de la mañana seguiríamos estando en descubierto por valoración hasta el siguiente día hábil. En este caso no se devengaría la comisión de máximo descubierto pero si que se liquidarían intereses por descubierto.
2. Entrega mediante Cheques, etc.
2.1.- A cargo de la propia entidad , sobre cualquier oficina
El mismo día de la entrega.
2.2.- A cargo de otras entidades, incluido el Banco de España
El segundo día hábil siguiente a la entrega.
Así cuando ingresamos un cheque de una entidad en otra hasta transcurridos dos días hábiles dicho capital no generará intereses a nuestro favor.
3. Transferencias bancarias, órdenes de entrega y similares
3.1.- Procedentes de la propia entidad
El mismo día de su orden en la oficina de origen.
3.2.- Procedentes de otras entidades
El segundo día hábil procedente a su orden en la oficina de origen, a cuyo efecto esta fecha deberá constar en la información referente a la transferencia.
4. Descuento de efectos
Fecha en la que comienza el cálculo de intereses, en el cálculo de intereses no se incluirá el día de vencimiento del efecto.
5. Presentación de recibos de carácter periódico, cuyo adeudo en cuenta ha autorizado previamente el deudor
El mismo día hábil del adeudo.
6. Venta de divisas (somos nosotros los que las vendemos)
El día hábil siguiente al de la cesión de las divisas.
7. Venta de valores (vendemos parte de nuestras acciones)
El día hábil siguiente a la fecha de la venta en Bolsa.
8. Abono de dividendos, intereses y títulos amortizados, de valores depositados
El mismo día del abono.
9. En cuentas de tarjetas de crédito, de garantía de cheques y similares
El mismo día.
10. Otras operaciones
En el resto de las operaciones no contempladas expresamente los abonos se valoraran el mismo día en que se efectúe el apunte, si no se produjese movimiento de fondos fuera de la entidad, en caso contrario se valoraran el día hábil siguiente a la fecha del apunte.
Tabla extrída de Abanfin.

En la gestión de tesorería debe pensarse en fecha-valor, tanto para realizar las previsiones de saldos bancarios como para negociar con los bancos su minimización. Para llevar a cabo una buena gestión de tesorería es imprescindible tomar como referencia el saldo de fecha valor y no el saldo contable.

Todas las operaciones que realizamos con los bancos están sujetas a una valoración o fecha -valor a efectos del cálculo de intereses. Esta valoración se expresa en números de días desde la fecha de operación. Por ejemplo, si realizamos un ingreso con fecha-valor T+2 el lunes 4 de abril quedará abonada el miércoles 6.

El seguimiento de la posición en fecha-valor es más complejo que el seguimiento por fecha de operación. Los saldos en fecha-valor no se ordenan cronológicamente sino que se obtienen por una reordenación de todas las operaciones bancarias registradas. Es muy importante realizar un seguimiento de la correcta valoración de las operaciones por parte de los bancos, siendo aconsejable un sistema mecanizado de gestión de tesorería que contemple este control. Por ejemplo, si ingresamos un cheque de 1 millón de euros y el banco nos «gana» un día al aplicar su valoración y suponemos un tipo de interés del 3%, equivale a que el banco nos cargue una comisión del 0.0083% por esta operación.

1 millón de euros x 3% x 1 día / 360 días = 83,8333 euros

El float es el tiempo que va desde la fecha que se realiza un cobro o un pago hasta la fecha valor en que queda abonado o cargado en cuenta. El float total será la suma del float financiero (valoración que da el banco) y el float operativo (tramitación dentro de la empresa)


La posición de tesorería puede definirse como el conjunto de saldos que se prevé tener, en fecha-valor, para el día de hoy y para días sucesivos, al objeto de analizar la posibilidad o no de hacer frente a los pagos comprometidos y minimizar las ineficiencias de tesorería (descubiertos coexistiendo con saldos positivos disponibles, en fecha-valor). La posición puede ser de déficit o de superávit. Cuando llega la fecha de vencimiento de las obligaciones de pago, el director de finanzas debe haber previsto la disposición de fondos suficientes en el momento y en las cuentas bancarias adecuados.

Ejemplo.

Tenemos el  15 de Marzo un saldo en el banco de 1.000€. Mañana día 16 nos cargarán 1.500€ como pago a un proveedor. Procedemos a ingresar hoy día 15 un cheque por valor de 500€ (el ingreso de cheques en nuestro caso tiene un float de 2 días). Tendríamos este extracto:

Fecha contable
Fecha valor Concepto Importe Saldo Saldo a fecha valor
4/4/2015
4/4/2015
Saldo
1000,00
1000,00
4/4/2015 6/4/2015
Ingreso cheque
500,00
1500,00
1000,00
5/4/2015 5/4/2015
Domiciliación fra. proveedor
1500,00
0
-500,00
6/4/2015 6/4/2015
Saldo
0
0

Vemos cómo se ha generado un saldo de -500€ durante un día al cual se aplicará un interés que hemos de pagar. Es un claro ejemplo de que una mala previsión nos cuesta dinero.

Para acabar, un interesante vídeo que nos habla sobre los aspectos clave de la gestión de Tesorería..




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