sábado, 16 de julio de 2016

El renting de vehículos.

Hola mis queridos lector@s de El Rincón del Sueko. En anteriores ocasiones hemos hablados de distintas formas de financiación que tienen las empresas a su alcance, como el leasing, el confirming o el factoring. Hoy hablaremos de una que no tiene como objetivo la adquisición de un inmovilizado.

El renting de vehículos es un contrato de alquiler a largo plazo por el que pagas una cuota fija periódica y tienes derecho a la utilización del vehículo que necesitas sin tener que preocuparte por otros costes asociados a su gestión y mantenimiento.


Quién puede contratarlo:
No hay limitaciones legales ni comerciales, por lo que cualquier empresa, autónomo o particular puede contratarlo.

La duración:
La duración del contrato es flexible, si bien los contratos de renting de vehículos suelen durar hasta 60 meses.

Servicios:
Cada empresa de renting ofrece diferentes contratos con diferentes servicios y particularidades.
En general, los servicios que puede llegar a incluir un contrato de renting y suponen un valor añadido frente a la pura financiación del coche son:

  • Gestión integral del vehículo: compra, matriculación, entrega, mantenimiento y recogida al finalizar el contrato.
  • Gestión y pago de los impuestos: matriculación. circulación. etc.
  • Contratación del seguro en diferentes modalidades posibles (todo riesgo, terceros, robo, con franquicia o sin ella, etc.).
  • Asistencia en carretera nacional y/o internacional desde el Km. 0. o desde un determinado punto kilométrico.
  • Atención integrada en un único número de teléfono durante las 24 horas los 365 días.
  • Mantenimiento integral del vehículo, incluyendo piezas y mano de obra.
  • Mantenimiento preventivo, siguiendo las revisiones indicadas por el fabricante.
  • Mantenimiento correctivo: reparación de averías y sustitución por desgaste de piezas.
  • Sustitución de neumáticos, a partir de determinado número de Km., o siempre que sea necesario.
  • Cita previa, recogida del vehículo para llevarlo al taller y posterior entrega.
  • Seguimiento de la reparación en el taller.
  • Rotura de lunas.
  • Informes periódicos acerca de la gestión de vehículo/s contratado/s.
  • La gestión del consumo de combustible y peajes.
  • Asistencia jurídica.
  • Gestión y reclamación de multas.
  • Vehículo de pre-entrega. hasta que puedas disponer del que has contratado.
  • Vehículo de sustitución, mientras el tuyo está en el taller.

Los servicios que no se suelen incluir en un contrato de renting son:
  • El importe de las multas.
  • Las reparaciones de daños causados por el mal uso del vehículo o por incumplimiento de las instrucciones del fabricante.
  • La limpieza del vehículo.

El Precio:
La cuota mensual se calcula en base al vehículo seleccionado, a su utilización (kilómetros y plazos) y a los servicios contratados.

En principio, la cuota será mayor cuanto más uso se haga del vehículo y mayor sea el precio del vehículo escogido. A simple vista una cuota de renting puede parecer elevada, pero cuando se es consciente de que en un solo recibo se asumen todos los gastos implícitos tanto por la compra como el desgaste resultante de su utilización y los riesgos inherentes a la propiedad, mantenimiento y circulación con un vehículo, la visión cambia.

El renting tiene una serie de indudables ventajas, tanto para particulares como para empresas, que hacen que el que contrata el renting de un vehículo suela repetir, e incluso recomendar su contratación.

Las ventajas del renting.

Servicio
  • Adaptabilidad: El contrato de renting se personaliza para adaptarse a las necesidades personales, familiares o empresariales y facilita el cambio de vehículo si la tecnología los gustos o las necesidades cambian.
  • Menos preocupaciones, más tiempo: La empresa de renting realiza todos los trámites y gestiones relacionados con el vehículo. por lo que se ahorra tiempo y preocupaciones.


Operativas
  • Simplicidad: Un solo proveedor, un único pago mensual y una sola factura agrupa todos los trámites y gastos asociados a la utilización del vehículo.
  • Ahorro administrativo: La cuota de renting no supone amortización del vehículo, sino únicamente renta de alquiler, no se contabiliza como activo ni como pasivo, por lo que no aparece en el balance ni hay que controlar el inventario.
  • Menos riesgos: El contratante de un renting no asume riesgos asociados a la propiedad del vehículo, como son la responsabilidad administrativa (pago de impuestos, etc.) la responsabilidad civil, las posibles averías imprevistas, la obsolescencia o la reventa del vehículo al finalizar su vida útil o cuando quiera cambiar de coche (buscar comprador, realizar la transferencia del vehículo adecuadamente, conseguir que le paguen un precio adecuado por un bien que se deprecia de forma importante incluso cuando se recoge nuevo en el concesionario...).


Económicas
  • Accesibilidad: Se puede disfrutar inmediatamente de un vehículo sin hacer frente a un importante desembolso en un solo momento.
  • Ahorro financiero: La empresa de renting tiene una capacidad de compra y especialización en la gestión que le permite conseguir ahorros que traslada a sus clientes. En muchos casos puede suponer hasta un 20% menos de gastos que firanciar un vehículo en propiedad.
  • Liquidez: El renting libera recursos de tesorería para hacer frente a otros gastos o inversiones rentables con menos depreciación que los vehículos, ayudando a la mejora de los ratios de endeudamiento y rentabilidad sobre activos de las empresas que lo contratan.
  • Seguridad financiera: En general, la cuota de renting supone un gasto fijo, independiente de la inflación, cambios de tipos ce interés e imprevistos, lo que facilita la elaboración de presupuestos y disminuye el riesgo de descontrol de gastos asociados al uso habitual o averías imprevistas. Excepción de esto, suele ser la mínima parte de la cuota correspondiente al seguro, ya que generalmente se suele actualizar anualmente en función de la siniestralidad.
  • Ventajas fiscales: Además, contarás con una opción fiscalmente rentable para tu negocio. En el Impuesto sobre Sociedades y en el IRPF. los empresarios y autónomos podrán deducir hasta el 100% de la cuota de renting (sin incluir el IVA). En cuanto al IVA. la desgravación dependerá del grado de utilización del vehículo para la actividad profesional, pudiendo llegar a ser fiscalmente deducible hasta un 100%. En este sentido, se presumen afectados al desarrollo de la actividad empresarial o profesional en la proporción del 100% los vehículos utilizados por representantes o agentes comerciales.


Resuelve tus dudas.

¿De quién es el coche de renting?
El contratante selecciona el vehículo que quiere conducir, si bien la propiedad del vehículo es de la empresa de renting que. a cambio de una cuota mensual, lo pone a disposición de su cliente para su uso y disfrute con fines de negocio y/o particulares.

En España hay una cultura bastante arraigada en cuanto al sentido de la propiedad, sobretodo en lo referente a bienes de alto valor, gran utilización, lentas innovaciones y relativa facilidad de apreciación, como puede ser el caso de la vivienda.

En el caso de un coche la visión es diferente: no se trata de una inversión ya que su valor va disminuyendo en el tiempo, aun en el caso que no se utilizara de forma continuada. La gran variedad de mejoras que aceleran su obsolescencia y suelen repercutir en la seguridad, la frecuente actualización de modelos que hacen les fabricantes, la rápida depreciación, el riesgo asociado a la circulación, la complejidad de su gestión y mantenimiento o la incertidumbre de sus posibilidades de venta como usado, hacen del renting una importante opción a tener en cuenta a la hora de plantearse, no ya la forma de poseer un vehículo sino lo más importante, la forma más cómoda y eficiente de disfrutarlo.

¿Qué pasa si hago más o menos kilómetros de los contratados?
El contrato de renting especifica un precio por Km que se aplicará para calcular, a su vencimiento, el correspondiente abono, a favor del contratante silos kilómetros recorridos son inferieres a los contratados, o cargo a favor de la empresa de renting. si les kilómetros recorridos son superiores a los contratados inicialmente.

¿Se puede modificar o cancelar el contrato de renting?
El contrato de renting suele presentar la posibilidad de variar la duración o el número de Km. contratados, con la correspondiente modificación de la cuota establecida. Así mismo se puede rescindir el contrato antes de su vencimiento, si bien esta decisión puede suponer un gasto extraordinario que suele ser un porcentaje de las cuotas pendientes.

¿Qué pasa al finalizar el contrato?
Al final del contrate, se puede optar por:
  • Devolver el vehículo a la empresa de renting. con la posibilidad de contratar uno nuevo.
  • Ampliarla duración del contrato.
  • Solicitar la compra cel vehículo a tu proveedor de renting.


¿Qué obligaciones tiene el contratante de un renting de vehículos?
La empresa o particular que tengan suscrito un contrato de renting, tienen la obligación obvia de pagar la cuota periódica y velar por la adecuada utilización y mantenimiento del vehículo.

El conductor del vehículo de renting tiene la obligación de realizar cualquier mantenimiento correctivo o preventivo que precise el vehículo, incluida la ITV si procede, así como poner en conocimiento de la empresa de renting cualquier incidencia que afecte a la buena conservación del mismo.

¿Qué ocurre si hay un accidente y el vehículo es declarado siniestro total?
En general se procederá a la cancelación anticipada del contrato de renting. Dependiendo de la compartía del renting, esa cancelación puede suponer un coste para el cliente o no. si la compartía de seguros aporta una indemnización menor al valor financiero, la diferencia entre el valor financiero que tenga el vehículo en ese momento y la indemnización satisfecha por la compartía aseguradora, será asumida por el cliente.

¿Qué diferencia hay entre el renting del leasing o la compra financiada?



Algunos consejos:
  • Si se necesita tener un vehículo a disposición, antes de decidir entre las diferentes opciones, identificar perfectamente las necesidades: qué vehículo se necesita, qué uso se le va a dar, quién lo va a conducir, cuántos kilómetros va a recorrer y qué servicios se necesitan.
  • Se trata de una importante decisión a largo plazo, por lo que es fundamental que se tome el tiempo necesario. Pensar en las ventajas e inconvenientes de tener un vehículo propio, y comparar las diferentes opciones del mercado, tanto en cuanto al coste del vehículo a lo largo de toda su vida útil (desembolso único o cuotas mensuales, impuestos, seguro, mantenimiento, averías, neumáticos, gestión de multas, etc) como en cuanto a la experiencia, especialización y recursos con que cuenta la empresa que te lo ofrece..
  • Leer detenidamente el contrato que ofrecen, de forma que cuando se firme, se esté seguro de que cubre todos los riesgos que no estás dispuesto a asumir, así como todas las necesidades.
  • No olvidar de que el precio es un elemento más a tener en cuenta, pero no el único ni seguramente el más importante durante toda la vida de utilización del vehículo. El renting es fundamentalmente un servicio que soluciona a necesidad de movilidad de las empresas, autónomos o particulares y para ofrecerlo con profesionalidad. garantía, y calidad, se necesita cubrir unos costes en recursos técnicos y humanos.

Para acabar, os adjunto un vídeo explicativo muy interesante sobre el tema hoy tratado:


Si finalmente se opta por el renting, se ha de tener en cuenta no sólo la cuota a pagar, sino el servicio asociado a esa cuota que se va a recibir y que proporcionará tranquilidad y comodidad.

Nota: agrego posteriormente a la publicación de este post esta noticia de Vozpopuli aparecida en internet: El renting de vehículos se incrementó un 21,5% en 2015.


Espero que este post haya sido de vuestro interés. Me encantaría, más que nunca, ver vuestras valoraciones y leer vuestros comentarios a través de las herramientas que este blog pone a vuestra disposición.
    Muchísimas gracias a tod@s. ¡Salu2! 👍

    #rincondelsueko en Twitter, Facebook, Flipboard y Google+

    5 comentarios:

    1. Añadiría otra ventaja. Cada vez que pides un préstamo, bien sean para comprar un coche o para renovar los ordenadores de tu oficina, el banco o la financiera te inscribe en un registro. Se trata de la Central de Información de Riesgos del Banco de España (CIRBE). A más créditos pides, menos capacidad de crédito te queda en el caso de que pretendas pedir otro en el futuro. El renting es un alquiler. Aunque lo hagas a través de un banco o financiera, la propiedad del bien pertenece al que aporta la pasta, que luego te lo alquila. Sin que te inscriba en el CIRBE.
      Es cierto que los tipos de interés que pagas suelen ser un poco más elevados que en el caso de un préstamo a una empresa. Pero aún así, suelen ser más económicos que un préstamo de consumo.

      ResponderEliminar
    2. He encontrado esta tabla rapida para saber si una oferta de renting es mejor que comprar a plazos o sale mas cara. ¿Que os parece? valorar oferta renting

      ResponderEliminar
    3. Muy buena información. Con esto uno puede tomar mejores decisiones sobre que coches y compañías elegir con el renting coches particulares. Aprovecharé de investigar también sobre el leasing, el confirming y el factoring, he,he ya que lo mencionas en el post.

      ResponderEliminar
    4. Este comentario ha sido eliminado por el autor.

      ResponderEliminar