sábado, 10 de octubre de 2015

El leasing.

El Rincón del Sueko - #rincondelsuekoHola mis queridos lector@s de El Rincón del Sueko.Además de las operaciones de crédito y de depósito, las entidades financieras y otras empresas especializadas realizan, directamente o a través de sociedades filiales, determinadas operaciones y servicios muy habituales en el tráfico de empresa y entre particulares con actividades empresariales o profesionales.

Así, por ejemplo, se pueden citar operaciones cada vez más populares y habitualmente con denominaciones anglosajonas (no siempre fáciles de traducir literalmente) como son: el arrendamiento financiero con opción a compra ; ("leasing"), el "renting", el "confirming", el "factoring", etc.; a las que se añaden otras actividades como el «forfaiting», el crédito documentario, al aval, etc.

El arrendamiento financiero o «leasing».

El «leasing», una de cuyas modalidades se denomina en España arrendamiento financiero, es un arrendamiento mercantil especial sobre bienes muebles o inmuebles con carácter productivo o bienes de consumo duradero, en el que existe un componente financiero para las partes que intervienen, y que son:

  • Una empresa de «leasing» dedicada a realizar estas operaciones.
  • Una empresa o un particular que desea disponer para su utilización o disfrute de determinados bienes muebles o inmuebles, elegidos directamente por el cliente de los pro-veedores de los mismos, en unos casos, u ofertados directamente por la compañía de «leasing» o directamente por el propio fabricante cuando éste realiza también actividades de «leasing».

El concepto de Leasing en cuanto a funcionamiento es muy sencillo:
Habitualmente la compañía de «leasing» adquiere en propiedad los bienes objeto de «leasing» y simultáneamente cede su uso al arrendatario durante un tiempo convenido por un precio distribuido en cuotas periódicas.

El Rincón del Sueko - #rincondelsuekoEl coste total incluye la comisión proporcional en porcentaje al valor financiado, la comisión de estudio y el tipo de interés. Las cuotas suelen ser prepagables y a ellas hay que sumar el IVA, En otras palabras, el arrendatario paga en sus cuotas el coste del bien que le imputa la compañía de «leasing», más el coste de financiación, más los gastos de administración, más los impuestos correspondientes, más el beneficio del arrendador.

Al cumplirse el plazo de vigencia establecido y, según la modalidad del contrato, puede ocurrir cualquiera de las siguientes alternativas:

  • Cancelación del arrendamiento.
  • Renovación del contrato.
  • Ejercicio de una opción de compra, si se hubiese previsto en el contrato, de tal modo que el arrendatario podrá decidir la adquisición del bien por el precio estipulado para este supuesto.

La duración mínima de los contratos de «leasing» suele ser de 2 años para bienes muebles y de 10 años para inmuebles. Las ventajas del «leasing» son principalmente las siguientes:

  • Financia el 100% del precio del equipo adquirido, mientras que los préstamos no suelen financiar más del 70% del mismo.
  • Son contratos muy flexibles adaptables a las necesidades del usuario. Se puede incluso vincular las cuotas a los momentos de generación de los recursos generados por el activo utilizado en «leasing».
  • La carga financiera que se abona a la entidad arrendadora, que se considera gasto o partida fiscalmente deducible.
  • La recuperación del coste del bien, que se considera partida fiscalmente deducible en el IS o IRPF, hasta el triple del coeficiente máximo de amortización según las tablas oficiales en el caso de las PYMES y los autónomos del régimen de estimación directa (hasta el doble en el caso de grandes empresas).
  • El IVA asociado se declara fraccionado en cada cuota mensual.
  • No afecta a los ratios financieros de endeudamiento de la empresa.

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    Funcionamiento del contrato de leasing.

    Los inconvenientes del «leasing» son, básicamente, los siguientes:

    • Carácter irrevocable, en general, en el «leasing» financiero (el más habitual en España).
    • Existencia de cláusulas penales previstas por incumplimiento de obligaciones contractuales.
    • Coste a veces mayor que el de otras formas de financiación.

    Por otra parte, cabe indicar la existencia de diferentes modalidades de contratos de "leasing", como son las siguientes:

    • El "leasing" financiero, que es el más habitual en España, y mediante el cual la sociedad especializada adquiere los bienes que va a utilizar el arrendatario de los mismos, pero no corre con los gastos de mantenimiento o reparación. Al final del contrato, el cliente o arrendatario podrá ejercer o no la opción de compra y no suele ser posible la revocación anterior del contrato.
    • El "leasing" operativo, que consiste en el arrendamiento de un bien, generalmente a corto o medio plazo, incluyendo el mantenimiento y reparaciones del mismo. Esta modalidad de contrato es revocable por el arrendatario en cualquier momento —previo aviso—.
    • El "lease-back" o "retroleasing", consistente en que el arrendatario arrienda sus propios bienes, ya que previamente se los vende al arrendador para que éste se los ceda en arrendamiento. De esta forma, el arrendatario ingresa el dinero de la venta de esos bienes aunque puede seguir utilizándolos a cambio del pago de una cuota (que además puede deducirse fiscalmente). Esta fórmula puede utilizarse en períodos de dificultades financieras.
    • Otras modalidades o variantes del "leasing" son: el "leasing" mobiliario e inmobiliario (según la naturaleza de los bienes); el "cross border leasing" (en operaciones internacionales); el "leasing" directo (sin intermediarios) y el "leasing" indirecto (promovido por los fabricantes y distribuidores).

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    Contabilización del leasing y modelo de contrato.

    Para no extender en exceso este post, aconsejo la lectura de "Contabilización de formalización de un contrato de Leasing" y siguientes que aparece en la web de plangeneralcontable. Por otro lado, en este link de crear-empresas hay un ejemplo de contrato de arrendamiento financiero.

    Para finalizar, os dejo un muy buen vídeo que nos habla de la temática de hoy: el leasing.



    El Rincón del Sueko - #rincondelsuekoEspero que este post haya sido de vuestro interés. Me encantaría, más que nunca, ver vuestras valoraciones y leer vuestros comentarios a través de las herramientas que este blog pone a vuestra disposición.
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